I. LEGISLACIÓN PENAL:
La legislación penal saudí es especialmente severa, sobre todo en caso de delitos graves. Se informa de que la pena de muerte es una medida prevista y aplicada.
La homosexualidad está penada con la cárcel e incluso con la pena de muerte, aunque desde hace unos años las autoridades saudíes no parecen aplicar esta normativa de manera activa Las relaciones extramatrimoniales están prohibidas. La tenencia o distribución de pornografía se castiga con cárcel.
Las infracciones de carácter económico (especialmente la emisión de cheques sin fondos) son castigadas con severidad. Una infracción que podría ser considerada como delito leve en la legislación española puede conllevar pena de prisión. Es posible que la fiscalía decrete prisión para el acusado de estafa económica hasta que éste pague a su víctima.
Igualmente, debe tenerse en cuenta que el sistema judicial es flexible y permite soluciones distintas para casos similares al privilegiarse el razonamiento jurídico sobre el precedente judicial.
La sección consular de la Embajada tratará de ponerse en contacto con la mayor brevedad posible con los ciudadanos españoles que hubieran sido detenidos. No obstante, en determinados casos, el acceso a los presos no es inmediato y conviene que sea siempre reclamado por el detenido, así como por sus representantes legales.
Encausamiento judicial y suspensión del visado:
Se informa de que, en caso de ser encausado judicialmente, incluso por actos que podrían ser considerados delitos leves por la legislación española, se produce una suspensión del visado de salida del país. Esto implica que resulta TOTALMENTE imposible abandonar el país hasta que el litigio sea resuelto. En este supuesto, la Embajada no puede facilitar la salida del país. Corresponde al empleador realizar los trámites necesarios ante las autoridades saudíes para desbloquear el visado de salida.
Drogas:
El tráfico de drogas se castiga con penas que pueden contemplar la pena de muerte. Su uso y consumo está penado con la cárcel o la deportación.
Ciertos medicamentos están considerados como drogas, en particular las anfetaminas. En general, la importación de medicamentos está prohibida por las autoridades saudíes. Si se viaja al país con algún medicamento, se recomienda llevar la correspondiente receta médica.
Alcohol y tabaco:
El consumo público de alcohol está estrictamente prohibido en Arabia Saudí. Se trata de un delito penado con pena de cárcel?.
La introducción de alcohol en Arabia Saudí está penada con multas severas y cabe la posibilidad de acusación por contrabando.
En caso de desear incluir en el equipaje tabaco, cigarrillos electrónicos o pipas de agua (shishas/narguiles) es aconsejable que se ponga en contacto con la Embajada de Arabia Saudí en España o consulte directamente la normativa aduanera en el siguiente enlace: https://zatca.gov.sa/en/pages/default.aspx.
ATENCIÓN: Periódicamente se producen redadas en complejos residenciales (compounds) de ciudadanos occidentales que en ocasiones han acabado en incidentes con las fuerzas de seguridad y confiscación del alcohol y pipas de agua.
II. ENTRADA ILEGAL Y SUPERACIÓN DEL PLAZO DE VALIDEZ DEL VISADO
La entrada ilegal en el país, a través de la falsificación de documentos (ya sea de visados o de los documentos requeridos para su obtención), puede dar lugar a multas superiores a 10.000 riales saudíes (aproximadamente, 2.000 euros) o penas de hasta tres meses de prisión, así como a la deportación, tanto para el infractor como para todos los implicados en dicha infracción.
En caso de extender la estancia más allá del período de validez del visado, el infractor puede ser detenido y multado con hasta 10.000 riales, tras lo cual será deportado del país. Si dicho infractor se encontraba en el país para visitar a un extranjero residente, además de la imposición de multas de entre 15.000 y 50.000 riales, están previstas penas de prisión de entre tres y seis meses en caso de reincidencia. Asimismo, el Ministerio del Interior podrá cancelar el permiso de residencia del extranjero residente y deportarlo.
III. EXISTENCIA DE ZONAS DE ACCESO LIMITADO
Hay una prohibición absoluta para los no musulmanes de visitar las Ciudades Santas de La Meca y Medina. También es necesaria una autorización expresa para visitar determinados parajes naturales y monumentos de interés nacional.
IV. USOS SOCIALES
Las costumbres y usos sociales de la sociedad saudí imponen las siguientes normas que deben ser respetadas:
1.- Mujeres: no es obligatorio llevar en público la abaya (túnica talar de color oscuro), si bien es conveniente vestir con modestia y decoro.
En el caso de las mujeres saudíes, se ha eliminado el requisito de autorización del mahram o guardián masculino para viajar y obtener el pasaporte siempre que sean mayores de 21 años. Sin embargo, para los menores de 21 años (hombres y mujeres) sí que sigue existiendo este requisito.
Por otra parte, las mujeres pueden conducir en la vía pública desde junio de 2018 siempre que cuenten con un permiso de conducción saudí o internacional en vigor.
2.- Hombres: les está prohibido llevar pantalones cortos o bermudas por encima de las rodillas.
3.- Los niños que visiten a su padre en Arabia Saudí, incluso en aquellos casos en los que haya un régimen de custodia y visitas establecido por un juzgado no saudí, pueden ser retenidos hasta obtener el consentimiento del padre. Además, esta circunstancia se mantiene en caso de divorcio.
4.- La separación de sexos rige, de manera cada vez menos intensa, en ciertos aspectos de la vida cotidiana (de manera más estricta fuera de los principales núcleos urbanos).
5.- La importación y consumo de alcohol y productos derivados del cerdo están estrictamente prohibidos y penados.
6.- Está prohibida también cualquier manifestación pública de carácter religioso no islámico, así como el proselitismo.
7.- Los documentos audiovisuales, así como los libros, revistas y fotografías pueden ser retenidos en el aeropuerto. Las autoridades pueden revisar los ordenadores personales a la llegada al aeropuerto.
8.- Prohibición de fotografiar instalaciones oficiales como bases militares o edificios gubernamentales. Las autoridades saudíes también son muy sensibles ante fotografías que puedan dar una mala imagen del país, lo que puede ser ampliamente interpretado (pueden incluirse dentro de esta categoría fotografías de mezquitas, áreas desfavorecidas o de la población local). No deben realizarse fotografías de personas sin consentimiento previo, y en ningún caso deben tomarse fotografías de mujeres.
9.- Está prohibido comer, beber o fumar en público durante el día en el mes de Ramadán.
V. SEGURIDAD VIAL Y NORMATIVA DE CIRCULACIÓN:
Según los datos de la Organización Mundial de la Salud, Arabia Saudí tiene una de las tasas de siniestralidad en carretera más elevadas del mundo. Son habituales los accidentes por exceso de velocidad, incluyendo a conductores menores de edad. Por lo tanto, se recomienda circular con máxima precaución.
En caso de accidentes de tráfico con heridos, todas las partes involucradas (salvo en caso de heridos graves) son conducidas a una comisaría de policía, pudiendo ser retenidas incluso varios días hasta que la responsabilidad por el accidente haya sido determinada y las correspondientes indemnizaciones satisfechas. Los ciudadanos españoles involucrados en un accidente de tráfico con heridos o fallecidos deben contactar a la mayor brevedad posible con su empleador y con la Embajada de España.
Asimismo, en caso de accidente de tráfico, se debe contactar con la organización NAJM, que resuelve los conflictos y disputas de incidentes/accidentes de tráfico: http://najm.sa/sites/en/home
Las sanciones por infracciones del Código de Circulación han sido severamente endurecidas y, en muchos casos, conllevan condenas privativas de libertad, incluso por la comisión de infracciones que en España tendrían carácter administrativo. Se recomienda mantener en vigor la documentación del coche, así como el carné de conducir y, por supuesto, el seguro obligatorio. Deben pagarse todas las multas impuestas antes de abandonar el país, lo que puede hacerse en el propio aeropuerto (únicamente en horario de oficina).
VI. INDICACIONES PARA LOS PEREGRINOS
1.- Se necesita un visado especial (dependiendo de si se trata de hajj o umrah) que se solicita en la Embajada de Arabia Saudí en España. Debido a las particularidades del visado, es aconsejable ponerse en contacto con dicha Embajada para recabar más información.
2.- Los peregrinos que superen su período de estancia autorizado pueden ser sancionados con multas de 10.000 riales saudíes (aproximadamente 2.000 euros) y ser encarcelados como paso previo a su deportación.
3.- Una vez en Arabia Saudí, el pasaporte será custodiado por las autoridades de inmigración saudíes durante toda la estancia del peregrino en el país.
4.- Es preciso haber recibido las vacunas pertinentes: ver apartado ?Sanidad?.
5.- Los peregrinos deben permanecer en grupo organizado durante el trayecto, sin parada, entre La Meca y Medina.
6.- Ante las aglomeraciones que pueden generarse en un entorno caracterizado por las altas temperaturas, se recomienda a los peregrinos protegerse del sol y permanecer permanentemente hidratados. Asimismo, se recomienda mantener la calma ante situaciones de emergencia y seguir en todo momento las indicaciones de los jefes de grupo y de los organizadores.
7.- Es recomendable informarse previamente de las condiciones de alojamiento en el país (hoteles, apartamentos), especialmente en el caso de personas mayores.
8.- Conviene comunicar los números de teléfono y direcciones del lugar donde se residirá durante la estancia en Arabia Saudí a los familiares en España, así como el nombre del jefe del grupo, y proporcionarles fotocopias de los documentos de identidad y del billete de avión.
9.- Tanto en el caso de ciudadanos españoles como de extranjeros residentes en España, se recomienda guardar una fotocopia de la documentación en lugar separado de ésta con el objetivo de acelerar los trámites consulares en caso de pérdida o robo de los originales.
10.- En caso de necesidad, se aconseja ponerse en contacto con la Embajada de España en Riad.
11.- Durante su estancia se aconseja la inscripción en el Registro de Viajeros del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. https://www.exteriores.gob.es/es/ServiciosAlCiudadano/Paginas/Registro-de-viajeros.aspx
12.- El periodo de Hajj para el año 2023 se inicia el día 26 de junio, las personas que desean peregrinar deben contar con un visado emitido exclusivamente para la peregrinación que se encuentra limitado y no es posible extender-
Es importante tener en cuenta que, si desea permanecer en Arabia Saudí una vez finalizado el periodo, deberá comprobar que cuenta con el visado correspondiente. Si usted permanece más tiempo del permitido en su visado puede incurrir en posibles sanciones, ser deportado o en la prohibición de entrada en el futuro en el reino de Arabia Saudi.
Es recomendable viajar con una copia electrónica de su pasaporte y DNI e inscribirse en el Registro de Viajeros del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Visite el siguiente enlace para más información: https://www.exteriores.gob.es/es/ServiciosAlCiudadano/Paginas/Registro-de-viajeros.aspx
Si requiere de asistencia durante el Hajj puede contactar con:
Embajada de España en Riad
Barrio diplomático
P.O. Box 94347, Riyadh -11693
Teléfono: 00966 11 488 06 06
Correo electrónico: emb.riad.info@maec.es
Sección Consular: emb.riad.sc@maec.es
Consulado Honorario de España en Jeddah
Saudi Int'l Trading & Marketing Ltd.
Red Sea Plaza Bldg., 7th Floor Andalus Street (next to Arab Bank) P.O. Box: 50417
Jeddah 21523
Teléfono durante las horas de atención al público (de domingo a jueves, de 10h a 14h): 00966 12 6525222 Ext. 2507
Tel: 0096612 651 2777 /6573303
Cónsul Honorario: Sheikh Abdulilah Kaki (akaki@sitml.com)
Encargado de Oficina: Pilar Nogués (Tel: 0550881225 y Correo electrónico: pnogues@sitml.com)
Ministerio de Hajj y Umrah
Cuenta de twitter oficial @MoHU_EN https://twitter.com/MoHU_En?ref_src=twsrc%5Egoogle%7Ctwcamp%5Eserp%7Ctwgr%5Eauthor
Teléfono +966 920002814